La reciente “quincena 25” incorpora un pago anual adicional destinado a quienes perciben un salario básico o nominal de hasta 1,500. El Estado estima un desembolso de 1,500. Para 2026, se calcula un gasto estatal de 70.2 millones en el sector público, mientras que en el ámbito privado será opcional ese año y pasará a ser obligatorio a partir de 2027.
La Asamblea Legislativa aprobó una prestación adicional que se pagará cada enero y equivale al 50% del salario básico o nominal mensual. Esta medida, conocida oficialmente como “quincena 25”, se aplicará de inmediato en las instituciones del sector público y tendrá un esquema gradual en el sector privado, con incentivos tributarios durante 2026 y obligatoriedad a partir de 2027. El propósito declarado es otorgar un alivio de ingreso a los asalariados de menor remuneración, bajo un marco de reglas claras sobre cálculo, calendario y tratamiento fiscal.
¿Qué es la “quincena 25” y a quiénes cubre?
La “quincena 25” corresponde a un bono anual cuyo cálculo se basa únicamente en el salario básico o nominal del trabajador, quedando excluidos otros pagos remunerativos. Su valor equivale a la mitad del salario nominal y debe pagarse entre el 15 y el 25 de enero de cada año. Según el decreto, pueden acceder a este beneficio quienes perciben un salario básico o nominal de hasta $1,500, siempre que cumplan las condiciones ya establecidas para el aguinaldo o la compensación adicional en efectivo, como mantener una relación laboral activa y satisfacer los criterios habituales de elegibilidad.
En el ámbito público, el universo potencial de beneficiarios es mayoritario dentro de la planilla. Para 2026, se proyecta una dotación de 195,056 empleados en la administración pública, de los cuales 166,222 se ubican en el umbral salarial de elegibilidad, equivalente al 85.2% del total. La estimación excluye a las municipalidades. Por su distribución institucional, se concentran en el gobierno central, las instituciones descentralizadas y, en menor medida, las empresas públicas, lo que influye en la logística del pago y en la programación presupuestaria de cada entidad.
Proyección de gastos y volumen de remuneraciones implicado
El costo del beneficio para el sector público en 2026 se calcula a partir de la masa salarial de quienes califican. Sobre una masa de $1,683.6 millones correspondiente a los empleados elegibles, el equivalente a una quincena adicional asciende a $70.2 millones. En términos agregados, la masa salarial total del aparato público para 2026 llega a $2,443 millones, cifra que comprende gobierno central, instituciones descentralizadas y empresas públicas. Esta proporción ayuda a dimensionar el peso relativo del bono dentro del gasto salarial global y a anticipar sus implicaciones de caja durante el periodo de pago.
El ministro de Trabajo ha señalado que hay disponibilidad de fondos para aplicar la medida al entrar en vigor la ley. No obstante, el decreto establece que cada institución deberá realizar ajustes internos en su propio presupuesto del ejercicio 2026 para asegurar el desembolso en la ventana de pago estipulada. Esto implica reorientaciones dentro de las asignaciones existentes y una coordinación estrecha con las unidades financieras y el Ministerio de Hacienda, sin incrementar de partida el techo global de gasto.
Cronograma, estimación y gestión impositiva del bono
El calendario oficial establece que la “quincena 25” será abonada cada año entre el 15 y el 25 de enero. El cálculo se realiza únicamente a partir del salario básico o nominal, de modo que no se incorporan gratificaciones, horas extra ni otros conceptos ajenos a esa base. El decreto además señala que este pago no se incluirá en la base para determinar otras prestaciones y quedará exento de retenciones impositivas, aportes de seguridad social y embargos. Este tratamiento lo ubica en una categoría especial, diferenciada de otros componentes remunerativos que sí están sujetos a descuentos u obligaciones.
Para acreditar el derecho, aplican las mismas condiciones generales que rigen el aguinaldo o compensación adicional en efectivo. De cara a la gestión operativa, las áreas de recursos humanos deberán corroborar antigüedad, vínculo laboral y demás criterios internos y normativos, a fin de programar el desembolso de manera oportuna y homogénea en todas las dependencias.
Sector privado: voluntario en 2026, obligatorio desde 2027
El mecanismo destinado al sector privado se desarrolla en dos etapas: en 2026, el pago será voluntario para los empleadores con personal cuyo salario básico o nominal no supere los $1,500, y, a cambio, se otorgará un crédito tributario por el monto que hayan desembolsado en concepto del bono, utilizable contra el impuesto sobre la renta del mismo período fiscal; esta compensación pretende impulsar una adopción anticipada al disminuir el costo real para quienes opten por aplicarlo ese año; desde 2027, el pago se convertirá en una obligación para los empleadores que tengan trabajadores que cumplan con los criterios establecidos.
En términos prácticos, las empresas que decidan pagarlo en 2026 tendrán que determinar quiénes califican, calcular el desembolso y prever la disponibilidad de caja, además de dejar constancia adecuada del pago mediante recibos, planillas y asientos contables que sustenten el crédito fiscal. Según declaraciones oficiales, existen compañías de diversos tamaños que ya han manifestado su interés en aplicar el beneficio desde el primer año, mientras que otras optarían por posponerlo hasta que la obligación sea general, dependiendo de su estructura de costos y su calendario tributario.
Repercusiones económicas y grado de competitividad
El nuevo pago repercute en la masa salarial anual del sector público y, gradualmente, del sector privado. Para empresas con márgenes acotados o limitaciones de liquidez, el incremento de costos puede exigir ajustes operativos, reordenamientos internos o, en algunos casos, traslados parciales a precios, dependiendo de la sensibilidad de la demanda y del poder de mercado. Voces del ámbito económico han advertido que, a nivel agregado, operar con costos laborales más altos puede presionar la competitividad, especialmente en una economía dolarizada, donde los mecanismos de ajuste cambiario no están disponibles.
En el plano macroeconómico, el resultado final dependerá de cuántos trabajadores queden dentro del umbral de $1,500, de la proporción de empresas privadas que decidan implementar el beneficio en 2026, de la forma en que el sector público cubra internamente ese desembolso y de su interacción con otras metas fiscales. Si el pago de enero genera un impulso momentáneo del consumo, podrían registrarse incrementos breves en las ventas, equilibrados por un aumento en los costos operativos. A mediano plazo, el efecto sobre precios y actividad se vinculará con la productividad, la trayectoria salarial y la evolución de los costos.
Financiamiento público y ajustes institucionales
Para el Estado, la aplicación inmediata de la “quincena 25” requiere ajustes dentro de las asignaciones presupuestarias vigentes. Cada entidad deberá evaluar partidas susceptibles de reorientación para asegurar el pago entre el 15 y el 25 de enero, sin afectar compromisos operativos esenciales. Este arreglo exige coordinación interinstitucional, estándares contables consistentes y una calendarización cuidadosa para evitar cuellos de botella durante la ventana de desembolso.
Las autoridades han afirmado que el diseño posibilita aplicar el beneficio sin aumentar el presupuesto inicial, aunque ordenar los flujos de caja y ejecutar el proceso al comenzar el año supone un desafío operativo; la experiencia de 2026 funcionará como ensayo de implementación con la intención de unificar criterios y procedimientos para los años siguientes.
Relación con el salario mínimo y el marco temporal de revisión
Tras anunciarse la medida, se supo que en las conversaciones con el sector privado no se incluiría, por ahora, un nuevo ajuste del salario mínimo. El año pasado se autorizó un incremento del 12% y, conforme a la normativa vigente, la revisión de otro posible aumento quedaría proyectada para dentro de tres años. Este marco resulta significativo porque un bono anual no reemplaza la evaluación estructural del salario base ni cancela el debate sobre productividad y costo de vida. En realidad, ambos mecanismos funcionan como herramientas distintas y complementarias: uno se entrega como pago extraordinario en una fecha puntual, mientras que el otro modifica de forma estable la configuración de las remuneraciones.
Sugerencias útiles dirigidas a empleadores y colaboradores
Para empleadores del sector privado, un itinerario razonable abarca reconocer la nómina que cumple los requisitos, estimar el desembolso y garantizar liquidez, definir controles y respaldos contables asociados al crédito tributario, y además informar a los colaboradores sobre plazos, importes y parámetros de elegibilidad. En el sector público, las unidades financieras necesitan sincronizar el registro contable del pago con los procedimientos de apertura del ejercicio fiscal, procurando no afectar programas considerados prioritarios.
Para los trabajadores, resulta útil comprobar el salario nominal registrado, asegurarse de que se cumplen las condiciones que también aplican al aguinaldo y verificar la fecha en que su entidad o empresa efectuará el pago dentro del periodo previsto en enero; una comunicación clara permitirá ajustar expectativas y disminuir posibles controversias.
¿Qué esperar en 2026 y más adelante?
El año 2026 operará como un periodo de transición: obligatorio en el sector público, voluntario con incentivo fiscal en el privado. Esta etapa permitirá recoger evidencia sobre cobertura real, desafíos administrativos y necesidades de ajuste en los procedimientos. Con la obligatoriedad plena en el ámbito privado a partir de 2027, se espera que la “quincena 25” se integre de manera estable al calendario de remuneraciones, bajo reglas de cálculo y tratamiento fiscal ya conocidas por empleadores y trabajadores.
En síntesis, la denominada “quincena 25” añade un desembolso anual previsible dirigido a trabajadores con remuneraciones básicas o nominales que no superan los $1,500. Para el Estado, implica un costo proyectado de $70.2 millones en 2026 y la necesidad de reorganizar sus partidas para ajustarse al cronograma. En el ámbito empresarial, obliga a sopesar entre implementarla de forma anticipada con acceso a crédito tributario o esperar hasta que su aplicación sea obligatoria en 2027. El efecto definitivo sobre los ingresos familiares, los costos operativos y la dinámica competitiva estará condicionado por la forma de implementación, la coyuntura macroeconómica y la capacidad de adaptación tanto institucional como empresarial.

